
Trabajamos tanto sucesiones testamentarias como ab intestato (sin testamento), priorizando la claridad, el cumplimiento de los plazos legales y una comunicación constante con los herederos para que comprendan cada paso del procedimiento.
¿Cuándo me sirve este servicio?
Falleció un familiar y es necesario transferir a nombre de los herederos un inmueble, vehículo o cuenta bancaria.
Existe un testamento que debe validarse e inscribirse.
Hay varios herederos y se busca ordenar la partición de los bienes de forma equitativa.
Se necesita acreditar la calidad de heredero para realizar trámites ante bancos, registros o ANSES.
Una sucesión quedó inconclusa o nunca se inició y los bienes siguen a nombre del causante.
El proceso, paso a paso
01
Apertura y radicación
Se reúne la documentación inicial y se inicia la causa ante el juzgado civil competente según el último domicilio del causante.
02
Declaratoria de herederos
Se acredita el vínculo y se solicita la resolución que reconoce judicialmente a los herederos.
03
Inventario y avalúo de bienes
Se identifican y valúan los bienes que integran el acervo sucesorio.
04
Inscripción y partición
Se inscriben los bienes a nombre de los herederos y se realiza la partición conforme a la ley o al acuerdo entre las partes.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo demora una sucesión?
¿Se puede hacer la sucesión si no hay testamento?
¿Todos los herederos deben estar de acuerdo?
¿Qué pasa si hay deudas del fallecido?
La información de esta página es orientativa y de carácter general; no constituye asesoramiento legal. Cada situación debe analizarse de forma particular en una consulta.