Gestión legal de cuotas alimentarias y derecho de familia

La cuota alimentaria es la suma destinada a cubrir las necesidades de los hijos: alimentación, vivienda, vestimenta, educación, salud y recreación. Gestionamos su fijación cuando no existe, su modificación cuando las circunstancias cambian y su ejecución cuando no se cumple.

Buscamos primero acuerdos que aseguren un aporte justo y sostenible en el tiempo; si no se cumplen o no se alcanzan, impulsamos las medidas judiciales necesarias para garantizar el derecho alimentario de los menores.

¿Cuándo me sirve este servicio?

Necesita establecer una cuota para sus hijos y no hay acuerdo.

La cuota vigente quedó desactualizada frente al aumento de los gastos.

El obligado dejó de pagar o paga de forma incompleta.

Cambió la situación económica de alguna de las partes.

Quiere formalizar un acuerdo de alimentos para darle respaldo legal.

El proceso, paso a paso

01

Análisis de necesidades e ingresos

Se relevan los gastos del menor y la capacidad económica del obligado.

02

Acuerdo o demanda

Se procura un convenio de alimentos; de no lograrse, se promueve la acción judicial.

03

Fijación de la cuota

El juez establece una cuota provisoria y luego la definitiva conforme a la prueba.

04

Cumplimiento y ejecución

Ante la falta de pago, se ejecutan las cuotas adeudadas y se solicitan las medidas que prevé la ley.

Preguntas frecuentes

Se pondera entre las necesidades del hijo y la capacidad económica del obligado. No hay un porcentaje único legal; cada caso se evalúa con la prueba disponible.
Puede reclamarse judicialmente el cobro de las cuotas adeudadas y solicitarse medidas para asegurar el cumplimiento futuro.
Sí. Cuando aumentan los gastos del menor o mejoran los ingresos del obligado, puede solicitarse la actualización de la cuota.
En principio hasta los 21 años, y puede extenderse hasta los 25 si el hijo cursa estudios o capacitación que le impidan mantenerse. Se analiza cada situación.

La información de esta página es orientativa y de carácter general; no constituye asesoramiento legal. Cada situación debe analizarse de forma particular en una consulta.

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